Articulo 34 Procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia
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»Artículo 34. Efectividad del derecho de acceso a los servicios
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La efectividad del derecho a los servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se producirá desde la fecha en que el beneficiario se incorpore al servicio de manera efectiva, o desde la fecha en la que proceda la implantación del grado de dependencia que le haya sido reconocido, cuando esta sea posterior a la fecha de dicha incorporación.
