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Articulo 34 Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia

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Artículo 34. Programas de prevención de la agresividad y la violencia en centros docentes

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Se promoverán por la Conselleria competente en materia de educación, programas de prevención de conductas inapropiadas, de la violencia y el acoso, en el propio centro docente, dirigidos a todos los integrantes de la comunidad educativa, y de forma especial a niños y adolescentes en situación de riesgo.