Articulo 34 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 34. Autonomía parlamentaria.
Vigente
Las Cortes establecen su propio Reglamento, aprueban sus presupuestos y regulan el Estatuto de sus funcionarios y personal. El Reglamento se aprueba por mayoría absoluta de sus miembros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 23-04-2007