Articulo 34 Régimen conce...odifusoras

Articulo 34 Régimen concesional del Servicio Público de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia y Registro de Empresas radiodifusoras

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Artículo 34. Recursos.

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1. Las resoluciones del Director General de Carreteras, Transportes y Comunicaciones recaídas en los expedientes sancionadores en la materia podrán ser objeto de recurso ordinario ante el Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes.

2. Los Acuerdos del Gobierno de Aragón pondrán fin a la vía administrativa y contra ellos solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en la forma establecida en la normativa que regula dicha jurisdicción.