Articulo 34 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragon
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»Artículo 34. Créditos y derechos personales.
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Al inventariarse los créditos y derechos personales de la Corporación se expresarán.
a) Concepto
b) Nombre del deudor
c) Valor
d) Título de adquisición, y
e) Vencimiento, en su caso.
