Articulo 34 Reglamento del Impuesto sobre Sociedades
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Artículo 34. Resolución.

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En caso de aceptación de la propuesta de acuerdo, el órgano competente suscribirá el acuerdo con las otras Administraciones tributarias, dándose traslado de una copia del mismo a los interesados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-07-2015 en vigor desde 12-07-2015