Articulo 34 Reglamento de...e Cataluña

Articulo 34 Reglamento de máquinas recreativas y de azar de Cataluña

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Artículo 34. Cancelación de inscripciones

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Las inscripciones en el Registro de empresas de máquinas recreativas y de azar sólo podrán cancelarse a petición de sus titulares o por la Administración, mediante resolución motivada, adoptada de acuerdo con el procedimiento correspondiente, por alguna de las causas siguientes:

a) Comprobación de falsedad en los datos aportados para la inscripción.

b) Desaparición o pérdida de cualquiera de las circunstancias o requisitos exigidos.

c) Incumplimiento del mantenimiento de las fianzas en la cuantía exigida, o extinción o cancelación de éstas de acuerdo con su normativa específica.

d) No ejercer la actividad por un periodo superior a un año.