Articulo 34 Reglamento de máquinas recreativas y de azar de Cataluña
Ver Indice
»Artículo 34. Cancelación de inscripciones
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las inscripciones en el Registro de empresas de máquinas recreativas y de azar sólo podrán cancelarse a petición de sus titulares o por la Administración, mediante resolución motivada, adoptada de acuerdo con el procedimiento correspondiente, por alguna de las causas siguientes:
a) Comprobación de falsedad en los datos aportados para la inscripción.
b) Desaparición o pérdida de cualquiera de las circunstancias o requisitos exigidos.
c) Incumplimiento del mantenimiento de las fianzas en la cuantía exigida, o extinción o cancelación de éstas de acuerdo con su normativa específica.
d) No ejercer la actividad por un periodo superior a un año.
