Articulo 34 Reglamento de...autonómico

Articulo 34 Reglamento de los procedimientos de movilidad del personal funcionario de carrera de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales integrantes del sector público autonómico

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Artículo 34. Procedimiento

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Los puestos de trabajo para su cobertura en comisión de servicios se anunciarán, para conocimiento general de todas las personas interesadas, en la página web: http://www.xunta.gal/funcion-publica durante un mínimo de cinco días hábiles.

El anuncio comprenderá todas las características del puesto de trabajo para ser cubierto en comisión de servicios, de acuerdo con los requisitos establecidos en las relaciones de puestos de trabajo.

Una vez recibidas las solicitudes, la tramitación la realizará la secretaría general técnica o centro directivo competente en materia de personal de forma telemática, incorporando al expediente administrativo la propuesta de resolución correspondiente, una vez recabado el informe favorable de la consellería donde la persona funcionaria tiene el destino definitivo. Dicha propuesta deberá ser motivada indicando las razones objetivas que justifican la concesión de la comisión a favor de una persona con respecto a los demás solicitantes y se remitirá al órgano competente en materia de función pública para su resolución.

Se informará a las organizaciones sindicales de forma telemática de las resoluciones de autorización dictadas.