Articulo 34 reguladora de...Valenciana

Articulo 34 reguladora de la actividad de los grupos de interés de la Comunitat Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 34. Prescripción de las infracciones y las sanciones

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. El plazo de prescripción de las infracciones será de dos años para las graves y de un año para las leves.

2. El plazo de prescripción de las sanciones será de dos años para las sanciones por la comisión de infracciones graves, y de un año para las sanciones por la comisión de infracciones leves.

3. En el caso de infracciones cometidas por funcionarios públicos o personal eventual, el plazo de prescripción será el establecido en la normativa reguladora del régimen disciplinario que resulte de aplicación.