Articulo 34 Renta básica de inserción -Derogada-
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»Artículo 34. Graduación de sanciones.
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En la imposición de sanciones se tendrán en cuenta los criterios recogidos en el artículo 131 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, además de los siguientes.
a. Las circunstancias personales, económicas y sociales de la unidad familiar y/o de convivencia.
b. El arrepentimiento del infractor.
