Articulo 34 Sindicatura de Cuentas de I. Balears
Ver Indice
»Artículo 34. Relación de puestos de trabajo y oferta de empleo.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La Sindicatura de Cuentas aprobará una relación de puestos de trabajo permanentes, que ha de incluir su denominación y sus características esenciales, sus retribuciones y los requisitos para su provisión.
2. Los puestos de trabajo dotados presupuestariamente que no puedan ser cubiertos con el personal existente en la Sindicatura constituirán su oferta pública de empleo.
