Articulo 34 Sistema de Pr... de Aragón

Articulo 34 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón

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Artículo 34. De la planificación funcional.

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Atendiendo a criterios de operatividad y prevención de riesgos laborales, cada servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento establecerá, atendiendo a los medios personales y materiales disponibles, la organización de las intervenciones. El Gobierno de Aragón establecerá un sistema de manejo de emergencias homogéneo para todo el territorio de Aragón.