Articulo 34 TR. de la Ley de Hacienda
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 34. Remisión a las Cortes.
Vigente
El proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para cada ejercicio y la documentación complementaria deberá presentarse a las Cortes antes del último trimestre del ejercicio anterior, para su examen, enmienda y, en su caso, aprobación.