Articulo 35 Aguas de Galicia
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»Artículo 35. Relación entre instrumentos de planificación.
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1. Los planes, tanto generales como zonales, de abastecimiento y saneamiento habrán de respetar las determinaciones de los instrumentos de planificación que regulen los espacios naturales protegidos.
2. Las actuaciones derivadas de los planes generales gallegos de abastecimiento y saneamiento prevalecerán sobre las actuaciones derivadas de los instrumentos de planificación urbanística.
