Articulo 35 Alojamientos ... La Mancha

Articulo 35 Alojamientos de turismo rural en La Mancha

Ver Indice
»

Artículo 35. Pago.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las personas usuarias o, en su caso, las empresas de intermediación turística, deberán abonar el precio correspondiente a los servicios contratados en el lugar y tiempo convenido con el titular del establecimiento.

2. A falta de acuerdo expreso se entenderá que el pago debe efectuarse en el mismo establecimiento y en el momento en que la factura sea presentada al cobro.