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Articulo 35 Apoyo a las familias de I. Balears

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Artículo 35. Fomento de la participación

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1. El Gobierno de las Illes Balears impulsará el asociacionismo familiar como forma de representación de los intereses de las familias y establecerá canales de coordinación que permitan la participación de las familias en la toma de decisiones que las puedan afectar.

2. Asimismo, se establecerán los canales adecuados de colaboración en el desarrollo de programas de interés para las familias y se facilitará la difusión y la sensibilización sobre la función de estas asociaciones.

3. El Gobierno de las Illes Balears formará a los profesionales de los servicios comunitarios para la atención personalizada dirigida a las familias susceptibles de ser atendidas en cualquier ámbito relacionado con la familia pero que por desconocimiento de este recurso no se benefician de los mismos.

4. El Gobierno de las Illes Balears promoverá ayudas dirigidas a las administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro que asuman el desarrollo de actuaciones y programas que faciliten la conciliación personal, familiar y laboral, cuyos destinatarios finales sean las familias, especialmente aquellas que por su situación económica más lo necesiten.