Artículo 35 se aprueba el TR. de las normas legales aprobadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Impuesto General Indirecto Canario y el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías
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»Artículo 35.- Tipo de gravamen reducido.
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El tipo de gravamen reducido del 5% será aplicable a las entregas de bebidas refrescantes con un contenido de azúcar añadido inferior o igual a 5 gramos por 100 mililitros.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 9/2025 de 23 de Dic C.A. Canarias (Presupuestos Generales para 2026 de la Comunidad Autónoma de Canarias) (CN de 29-12-2025) en vigor desde 01-01-2026
