Articulo 35 Catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas y Registros de Empresas y Locales
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»Artículo 35. Plazos.
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La inscripción de las modificaciones que afecten a los datos señalados en el artículo 32 deberá practicarse dentro del plazo de los quince días siguientes a su efectiva autorización. Cuando las variaciones de datos afecten únicamente al nombre comercial o a la empresa titular del establecimiento, la citada inscripción deberá efectuarse dentro del plazo de diez días a contar desde la fecha en que tales datos fueron comunicados por la empresa al Ayuntamiento, de conformidad con la normativa que regule el Registro.
Modificaciones
- Artículo modificado (35) por DECRETO FORAL 37/2013, de 5 de junio, por el que se adoptan diversas medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas para transponer la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
(NA de 14-06-2013) en vigor desde 15-06-2013
