Articulo 35 Competencias en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre
Ver Indice
»Artículo 35. Competencia
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los procedimientos de reposición de la legalidad y sancionadores por infracciones de lo dispuesto en la legislación en materia de costas, cometidas en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre en la Comunidad Autónoma de Galicia, serán incoados, tramitados y resueltos por la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, de acuerdo con lo establecido en sus estatutos.
