Articulo 35 Constitución Española
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»Artículo 35
Vigente
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-1978 en vigor desde 29-12-1978