Articulo 35 Cuerpos y escalas de la Administración de I. Balears
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»Artículo 35. Funciones del cuerpo facultativo subalterno y de la escala que forma parte del mismo.
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1. Al cuerpo facultativo subalterno le corresponde la realización de actividades de ejecución y de colaboración adecuadas a su nivel.
2. A la escala de apoyo instrumental del cuerpo facultativo subalterno le corresponden en particular las actividades de recepción y atención telefónica, el manejo de otros instrumentos básicos, así como las de ejecución y colaboración con el personal funcionario al cual presten apoyo.
