Articulo 35 Drogodependen... I Balears

Articulo 35 Drogodependencias y otras adicciones en I. Balears

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Artículo 35. Registro de entidades, centros y servicios.

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La consejería competente en materia sanitaria ha de crear un registro unificado de entidades, centros y servicios dedicados a la investigación y a la prevención de las drogodependencias y otras adicciones y a la asistencia y a la incorporación social de los afectados.