Articulo 35 Estatuto de l...de Euskadi

Articulo 35 Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de Euskadi

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Artículo 35. Protección contra los abusos contractuales.

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1.- Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo adoptará las medidas necesarias para conseguir un cumplimiento efectivo de la legislación vigente en orden a la protección contra las cláusulas y las prácticas abusivas en las relaciones de consumo.

2.- Con tal finalidad, podrá difundir dichas prácticas y cláusulas abusivas, informando sobre su contenido y características y las empresas que las realizan, cuando así se haya determinado por sanción administrativa firme o declaración judicial.