Articulo 35 Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de Euskadi
Ver Indice
»Artículo 35. Protección contra los abusos contractuales.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1.- Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo adoptará las medidas necesarias para conseguir un cumplimiento efectivo de la legislación vigente en orden a la protección contra las cláusulas y las prácticas abusivas en las relaciones de consumo.
2.- Con tal finalidad, podrá difundir dichas prácticas y cláusulas abusivas, informando sobre su contenido y características y las empresas que las realizan, cuando así se haya determinado por sanción administrativa firme o declaración judicial.
