Articulo 35 Estatutos del...Tributaria

Articulo 35 Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria

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Artículo 35. Funciones del Servicio de Recaudación.

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El Servicio de Recaudación, como órgano de recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, ejercerá las siguientes funciones:

- La dirección técnica y control de la gestión recaudatoria de la Hacienda Pública de Navarra.

- El seguimiento de la ejecución de las partidas presupuestarias del Presupuesto de Ingresos de la Hacienda Tributaria de Navarra.

- La concesión o tramitación de los aplazamientos de deudas de acuerdo con las competencias atribuidas por las disposiciones en vigor.

- La coordinación de criterios y, en su caso, la resolución de los recursos interpuestos contra los actos dictados en el procedimiento de recaudación.

- La dirección y, en su caso, resolución y gestión de las acciones a emprender en los procedimientos concursales o especiales.

- La fijación de criterios de actuación o ejecución de acciones en la gestión recaudatoria de deudas que afecten a personas o entidades de sectores económicos con dificultades estructurales o coyunturales, con el fin de hacer posible el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda Pública de Navarra.

- La coordinación con otros entes públicos en la gestión recaudatoria de las deudas y, en su caso, la elaboración y propuesta de acuerdos de colaboración.

- La liquidación de los recargos e intereses que de acuerdo con la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, deban calcularse en la vía recaudatoria.

- La realización de las devoluciones que la Hacienda Tributaria de Navarra deba hacer de oficio, así como las de ingresos indebidos y del pago de los intereses de demora que procedan.

- La instrucción de los expedientes de prescripción de oficio.

- La elaboración y propuesta del Plan Anual de Recaudación Tributaria en coordinación con el resto de Servicios.

- La colaboración en la elaboración del Plan de Control Tributario.

- La elaboración de objetivos, indicadores de actividad y evaluación de resultados.

- La elaboración de la memoria del Servicio.

- Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor o le sean encomendadas por el Director de Planificación y Control de la Hacienda Tributaria de Navarra.