Articulo 35 Impuestos especiales de Navarra
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»Artículo 35. Tipo impositivo
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(Modificación con efectos desde el 3/12/2016)
El Impuesto se exigirá al tipo de 958,94 euros por hectolitro de alcohol puro, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 37.
Modificaciones
- Artículo modificado (35) por DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2016, de 28 de diciembre, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales.
(NA de 04-01-2017) en vigor desde 05-01-2017
