Articulo 35 Juventud de L...-Derogada-

Articulo 35 Juventud de La Rioja -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 35. Transferencia de albergues.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


El Gobierno de La Rioja podrá traspasar a las entidades locales respectivas los albergues de titularidad de la Administración General de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 87.2 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Administración Local de La Rioja.