Articulo 35 Medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
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Articulo 35 Medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública

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Artículo 35. Medios para la digitalización de la gestión del instrumento de planificación estratégica de gestión.

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1. La tramitación de las solicitudes de participación en las convocatorias derivadas la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se realizará a través de las sedes electrónicas de los departamentos ministeriales y organismos competentes.

2. Los órganos de contratación podrán difundir toda aquella información vinculada a la ejecución del Plan y a los procesos de licitación previstos para la implementación del mismo, con el fin de aumentar la transparencia y la mayor concurrencia de los operadores económicos interesados, con carácter previo al impulso formal de los procedimientos oportunos conforme a la legislación aplicable.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 01-01-2021