Articulo 35 ordenación ge... educativo

Articulo 35 ordenación general de la formación profesional del sistema educativo

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Artículo 35. Vías para la obtención de los títulos.

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Los títulos de formación profesional pueden obtenerse mediante.

a) La superación de las diferentes ofertas de ciclos formativos de grado medio y de grado superior.

b) La superación de las pruebas organizadas a tal efecto.