Articulo 35 Presupuestos 2016 I Balears

Articulo 35 Presupuestos 2016 I. Balears

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Artículo 35. Límite máximo de gasto del servicio público de comunicación audiovisual para el año 2016

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la Ley 5/2013, de 1 de octubre, audiovisual de las Illes Balears, el límite máximo de gasto anual, en el ejercicio de 2016, para la financiación del servicio público de comunicación audiovisual es de 28.600.000 euros, correspondiente a los créditos por transferencias de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears a favor del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears, sin perjuicio de las generaciones de crédito que, durante el ejercicio de 2016, puedan tener lugar por razón de lo previsto en el artículo 8 de la presente ley, los cuales no se computarán a efectos de este límite, ni tampoco los préstamos reintegrables que se concedan al Ente Público de acuerdo con el artículo 41.