Articulo 35 Protección Ci...eneralitat

Articulo 35 Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Generalitat

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Artículo 35. Los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento dependientes de las administraciones públicas

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1. Los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento dependientes de las administraciones públicas estarán integrados por el personal de los citados servicios.

2. Mediante ley se regulará la estructura, funcionamiento y organización de estos servicios.