Articulo 35 Protección y regulación de la fauna y flora silvestres
Ver Indice
»Artículo 35.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Sin perjuicio de lo establecido en la legislación de montes, toda actuación sobre espacios forestales que afecte a especies protegidas necesitará la autorización de la Agencia de Medio Ambiente.
