Articulo 35 Reglamento de... Inserción

Articulo 35 Reglamento de la Ley 3/2007, Renta Básica de Inserción

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Artículo 35. Infracciones, sanciones y procedimiento sancionador.

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1. A los efectos previstos en la presente norma, el régimen jurídico aplicable a las personas responsables, a las infracciones y sanciones, su clasificación y prescripción, así como a la graduación de las sanciones, será el establecido en los artículos 25 a 32 de la Ley 3/2007, de 16 de marzo.

2. La potestad sancionadora se ejercerá de acuerdo con lo dispuesto en las leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.