Articulo 35 Reglamento de Recaudación del THB
Artículo 35. Garantías.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La persona interesada ofrecerá garantía en forma de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o mediante certificado de seguro de caución.
2. Cuando no sea posible obtener dicho aval o certificado, se podrá admitir alguna de las siguientes garantías:
- Hipoteca inmobiliaria unilateral.
- Hipoteca mobiliaria unilateral.
- Prenda con o sin desplazamiento unilateral.
- Cualquier otra que se estime suficiente. 3. Las garantías exigibles en las suspensiones por recursos de revisión o reclamaciones se regularán por lo dispuesto en el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por medio del Decreto Foral 228/2015, de 27 de diciembre.
