Articulo 35 Salud de Aragón
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»Artículo 35. Órganos de participación en los centros hospitalarios.
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1. Los centros hospitalarios del Sistema de Salud de Aragón tendrán como órganos de participación:
a) Las comisiones de participación hospitalaria.
b) Las comisiones de bienestar social.
2. La composición y funciones de estos órganos se establecerán reglamentariamente.
