Articulo 35 Sociedades Cooperativas de Murcia
Ver Indice
»Artículo 35. Órganos de la sociedad.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Son órganos de la sociedad cooperativa, los siguientes:
La Asamblea General.
El Consejo Rector.
La Intervención.
2. Igualmente la sociedad cooperativa podrá prever la existencia de un Comité de Recursos y de otras instancias de carácter consultivo o asesor, cuyas funciones se determinen en los Estatutos sociales, que, en ningún caso, puedan confundirse con las propias de los órganos sociales.
