Articulo 35 Taxi de Cataluña
Ver Indice
»Artículo 35. Régimen de funcionamiento.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El Consejo Catalán del Taxi funciona en pleno y en comisiones territoriales, de acuerdo con lo que se determine por reglamento.
2. El Consejo Catalán del Taxi ha de reunirse en sesión ordinaria dos veces al año como mínimo y en tantas sesiones extraordinarias como sea necesario, a propuesta de sus miembros.
3. El funcionamiento del Consejo Catalán del Taxi se rige por las normas aplicables a los órganos colegiados de la Generalidad de Cataluña.
