Articulo 35 TR de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario
Articulo 35 TR de las dis...upuestario

Articulo 35 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario

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Artículo 35.- Competencia.

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1.- Corresponde al Departamento competente en materia de presupuestos la determinación de la estructura de los presupuestos de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley, debiendo para ello tener en cuenta las características específicas de cada uno de ellos así como las propuestas y recomendaciones que al efecto hagan los Departamentos y los entes que componen el sector público de la Comunidad Autónoma.

2.- Corresponde a cada Departamento el desarrollo de la estructura presupuestaria de los Organismos Autónomos y de los Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de él dependientes.

3.- Cada Sociedad Pública o Ente Público de derecho privado o Fundación del sector público de la Comunidad Autónoma podrá desarrollar con arreglo a sus peculiaridades la estructura básica de sus presupuestos establecida por el Departamento competente en materia de presupuestos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-06-2011 en vigor desde 18-07-2011