Articulo 35 TR. de la ley general presupuestaria
- Norma derogada con las excepciones indicadas en el apdo. 1 de la D.DT. Única de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. - Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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»Art. 35.
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La efectividad de los derechos de la Hacienda Pública no comprendidos en el artículo 31 de esta Ley se llevará a cabo con sujeción a las normas y procedimientos del derecho privado.
