Articulo 356 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 356. Cargas hereditarias.
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Entre las cargas hereditarias se incluyen los gastos causados por la última enfermedad del causante, así como los de su funeral y entierro o incineración, los de conservación y defensa de los bienes de la herencia causados en interés común y cualesquiera otros de naturaleza análoga.
