Articulo 359 Régimen específico de tasas
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Artículo 359. Cuantía.

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1. Inspección previa al otorgamiento o la denegación de los permisos de funcionamiento y por cada inspección posterior: 85,29 euros.

2. Certificado sanitario o renovación de los certificados de los vehículos de transporte sanitario: 47,59 euros.

3. Comunicación de distribución de productos sanitarios y comunicación de venta de productos sanitarios (sin inspección): 32,33 euros.

4. Autorización de licencias de fabricación de productos sanitarios a medida (protéticos dentales, ortoprotéticos y otros fabricados a medida), con inspección preceptiva: 153,96 euros.

5. Autorización de instalación de centros con internamiento: 81,70 euros.

6. Autorización y renovación de funcionamiento de centros con internamiento: 280,16 euros.

7. Autorización y renovación de funcionamiento de centros sin internamiento: 160,72 euros.

8. Autorización y renovación de funcionamiento de establecimientos sanitarios: 153,96 euros.

9. Modificaciones por ampliaciones de servicios de centros con y sin internamiento y de establecimientos sanitarios: 125,77 euros.

10. Modificaciones por reformas de centros con y sin internamiento y de establecimientos sanitarios: 125,77 euros.

11. Modificaciones por cambio de titular de centros con y sin internamiento y de establecimientos sanitarios: 21,29 euros.

12. Autorización y renovación de funcionamiento de los servicios de asistencia sanitaria no vinculados a centros: 66,15 euros.

13. Autorización y renovación de servicios sanitarios: 148,32 euros.

14. Autorización de cierre de centros con internamiento: 135,13 euros.

15. Acreditación de hospitales especializados, de hospitales de media y larga estancia y de hospitales de salud mental y toxicomanías, y acreditación de unidades de gestión clínica y de institutos sanitarios: 636,36 euros.

16. Acreditación de hospitales generales de entre 15 y 100 camas: 798,14 euros.

17. Acreditación de hospitales generales de más de 100 camas: 1.209,26 euros.

18. Autorización de órganos, células y tejidos con inspección preceptiva:

a) Autorización de actividad en los centros de obtención de células, tejidos y órganos y su renovación: 233,32 euros.

b) Autorización de actividad en los establecimientos de tejidos y su renovación: 233,32 euros.

c) Autorización de la aplicación de células, tejidos y trasplantes de órganos y su renovación: 233,32 euros.

19. Autorización de biobancos con inspección preceptiva y su renovación: 233,32 euros.

Modificaciones