Articulo 36 Adhesión al Acuerdo de Schengen, relativo a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes
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»Artículo 36.
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Cualquier Parte contratante que sea responsable del examen de la solicitud de asilo podrá, por razones humanitarias basadas en particular en motivos familiares o culturales, pedir a otra Parte contratante que asuma tal responsabilidad, siempre que el interesado lo desee.
La Parte contratante que reciba la solicitud estudiará si puede acceder a la misma.
