Articulo 36 Aguas de La Mancha
- Quedan suspendidos, en todos sus efectos, las disposiciones de los capítulos II y III del título V (arts. 43 a 87) de esta ley. - Ley 4/2022 de 22 de Abr C.A. La Mancha (Suspensión de la aplicación del canon medioambiental del agua)
- La Ley 1/2024, de 15 de marzo deroga la Ley 4/2022, de 22 de abril, por la que se había suspendido la aplicación del canon medioambiental del agua previsto en en esta ley (arts. 43 a 87). - Ley 1/2024 de 15 de Mar C.A. La Mancha (Medidas Administrativas y Creación de la Agencia de Transformación Digital)
Ver Indice
»Artículo 36. Duración de los convenios.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los convenios citados en el artículo anterior, cuya validez, eficacia, contenido, efectos y extinción se regirán en todo caso por las previsiones contenidas en la normativa del Régimen Jurídico del Sector Público, habrán de fijar un plazo de duración o vigencia determinada que podrá extenderse hasta los 25 años y que se concretará singularmente para cada convenio.
