Articulo 36 el que se apr... Mortuoria

Articulo 36 el que se aprueba elReglamento de Sanidad Mortuoria

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Artículo 36. Tanatorios.

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Se entiende por tanatorio todo establecimiento que reúna las condiciones establecidas para los velatorios y que, además, esté autorizado para realizar prácticas de tanatopraxia.