Articulo 36 Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres
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»Artículo 36. Protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
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La Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias adoptará las medidas necesarias para una protección eficaz frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo, tanto en el ámbito de la Administración pública como en el de las empresas privadas.
