Articulo 36 Caza de Aragón -Vigente-
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»Artículo 36. De la educación cinegética.
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1. El departamento competente en materia de caza y las entidades colaboradoras en materia de caza fomentarán la educación cinegética, el respeto y conservación del medio ambiente, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento racional de los recursos naturales.
2. El Gobierno de Aragón promoverá convenios con otras Administraciones públicas y entidades colaboradoras con fines de educación cinegética y medioambiental.
