Articulo 36 DECRETO136/2013,de30dejulio,delGobiernodeAragón,sobresubvencionesenmateriadeagricultura,ganaderíaymedioambiente.
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»Artículo 36. Instrucción.
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El órgano encargado de la instrucción del procedimiento llevará a cabo las actividades de instrucción a que se refiere el artículo 18, y en particular la petición de cuantos informes se estimen necesarios para resolver o sean exigidos por la normativa aplicable, y la evaluación de las solicitudes conforme a lo previsto en el artículo siguiente.
