Articulo 36 Estatuto de A...País Vasco

Articulo 36 Estatuto de Autonomía para el País Vasco

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Artículo 36.

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La Policía Autónoma Vasca, en cuanto actúe como Policía Judicial, estará al servicio y bajo la dependencia de la Administración de Justicia, en los términos que dispongan las Leyes procesales.