Articulo 36 Igualdad
- Se modifica el título de la presente ley, que queda redactado en los siguientes términos: «Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres». - LEY 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificacion de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
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»Artículo 36. Disposiciones generales.
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Las administraciones públicas vascas, en el ámbito de sus competencias, han de promover las condiciones para que la igualdad de oportunidades y trato de mujeres y hombres sea real y efectiva, tanto en las condiciones de acceso al trabajo por cuenta propia o ajena como en las condiciones de trabajo, formación, promoción, retribución y extinción del contrato.
