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Articulo 36 Juventud de C. Valenciana -Derogada-

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Artículo 36. La Red de Información Juvenil de la Comunitat Valenciana

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1. La Red de Información Juvenil de la Comunitat Valenciana estará integrada por aquellos servicios promovidos en su territorio por organismos o entidades de carácter público o privado, sin ánimo de lucro, que tengan por objeto desarrollar servicios de información, de asesoramiento o de orientación, especialmente dirigidos a jóvenes y prestados directamente al público, y que, por voluntad de sus titulares, hayan sido reconocidos y registrados por Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove.

2. Reglamentariamente se regulará el funcionamiento de la Red de Información Juvenil de la Comunitat Valenciana y la determinación de los diferentes tipos de servicios que la integran.