Articulo 36 Ley Orgánica ...r judicial

Articulo 36 Ley Orgánica del Poder judicial

Ver Indice
»

Articulo 36.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La creación de las Secciones de las Audiencias y Tribunales y de plazas judiciales, siempre que no suponga alteración de la demarcación judicial, corresponderá al Gobierno, oídos preceptivamente la comunidad autónoma afectada y el Consejo General del Poder Judicial.

Modificaciones